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Cámara de Diputados en México aprueba cambios en regulación al uso lúdico de la marihuana

La Cámara de Diputados devolvió al Senado la Ley Federal para la Regulación del Cannabis para que esta última revise las modificaciones realizadas

Este martes la Cámara de Diputados de México aprobó en lo general y lo particular el dictamen que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, una reforma a la Ley General de Salud y el Código Penal Federal. Con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones, esta modificación en la regulación despenaliza el consumo lúdico del cannabis (marihuana) para las personas mayores de edad.

Cambios en la normatividad

Con el nuevo documento aprobado, se propone despenalizar la posesión de la planta cuando se lleguen a portar hasta 28 gramos destinado al consumo personal. Respecto al autocultivo, la gente también contará con el permiso de tener seis plantas, y si se trata de más de un consumidor, hasta ocho; únicamente para personas mayores de 18 años.
De acuerdo con el comunicado de la propia Cámara de diputados, esta aprobación busca modificar la política de drogas actual, misma que hasta el día de hoy se ha basado en la prohibición de la sustancia. Del mismo modo, tiene como objetivo que el marco normativo logre respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; con el fin de establecer las bases para la construcción de un modelo de regulación legal responsable, y garantizar el desarrollo de la personalidad y la salud pública.

Continúan restricciones

Uno de los enfoques más relevantes es la prohibición del consumo en menores de dieciocho años en cualquier actividad relacionada con la planta, es decir la producción, venta y consumo; por lo que, de no cumplir lo establecido, se puede ser acreedor a sanciones por el incumplimiento de lo previsto en la ley, permisos y licencias.

El sistema de licencias incorporado también cuenta con modalidades diversas para la producción y distribución. En el caso de la producción, existirán seis tipos: integrales; con fines solamente de producción; con fines de distribución; con fines de venta al usuario final; con fines de producción o comercialización de productos derivados, y con fines de investigación.

A pesar de los cambios, las sanciones continúan siendo parte importante de estos. Algunas de ellas hablan de la comercialización sin autorización, con prisión de uno a tres años, cuando la cantidad de cannabis sea entre 200 gramos y 5.6 kilogramos y, cuando sea superior a 5.6 kilos, se sancionará con prisión de cinco a quince años. Las multas podrían ir desde los 80 hasta los 300 días de salario mínimo (entre $7,000 MXN y $26,886 MXN).

Cabe decir que, de acuerdo con la sesión de 14 horas de duración, se suprimió la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis. En su lugar la Comisión Nacional contra las Adicciones será la figura oficial competente a cargo.

Ahora que la reforma fue aprobada por la Cámara de Diputados, el documento se devolvió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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