Amanecimos ocn contingencia ambiental este miércoles 1 de mayo

Amanecimos ocn contingencia ambiental este miércoles 1 de mayo

Mañana miércoles 1 de mayo deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas: Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9. Los vehículos de uso particular […]

Por Marco Sarmiento el 1 mayo, 2024 a las 04:34 PDT

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Mañana miércoles 1 de mayo deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

    • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.

      • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.

        • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

          • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON

            • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.

              • Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.


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                  Exenciones

                • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

                  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.

                    • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.

                      • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población

                        • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

                          • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

                            • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

                              • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

                                • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

                                  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

                                    • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

                                      • Las motocicletas están exentas de la Fase I

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