Requerimientos para operar un drone en México

Todo lo que tienes que saber para pilotear tu RPAS dentro de la ley

Los drones están de moda. Los vemos en todas partes y cada vez más sitios de e-commerce nos quieren convencer de comprar uno en oferta, pero pocas personas saben que ya existe una regulación para estas aeronaves. Recientemente, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), dependencia de la SCT, publicó un documento donde establece con claridad una clasificación de los tipos de drones según su peso, las zonas dónde se pueden operar y los requerimientos necesarios para volarlos.

Estos Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS, por sus siglas en inglés) fueron clasificados en 3 categorías:

RPAS Micro: hasta 2 kg de peso
RPAS Ligeros: de 2 a 25 kg de peso
RPAS Pesados: de más de 25 kg de peso

A su vez, los drones en estas 3 categorías pueden estar clasificados en subdivisiones de uso recreativo y comercial. En cualquiera de estos casos, las personas que operen un drone están obligados a respetar las leyes, reglamentos y normas federales y locales correspondientes. Los RPAS que pesan más de 2 kg, pero que sólo se utilizan con fines recreativos, deben volarse exclusivamente dentro de clubes de aeromodelismo.

Todos los drones deben someterse a las siguientes reglas sin importar su peso:

  • Operarse durante el día. Para volar en la noche es necesaria una autorización especial.
  • No volar en áreas restringidas, prohibidas o peligrosas.
  • Operarse al menos a 9.2 km de distancia de aeropuertos controlados, a 3.7 km de aeródromos no controlados y a 900 metros de cualquier helipuerto.
  • No deberán dejar caer objetos que puedan causar daños.
  • No deberán utilizarse para transportar mercancías peligrosas o sustancias prohibidas por la ley.
  • El operador deberá mantener la trayectoria del vuelo del drone, en caso de hacer mal uso, la responsabilidad recae directamente sobre él.
  • No deberán operarse desde otro vehículo en movimiento.

Afortunadamente, la mayoría de los drones que vemos en las tiendas y a la venta en Internet, entran en la categoría de RPAS Micro, así que no es necesario sacar un permiso para volarlos, siempre y cuando cumplan con lo siguiente:

  • Volar a una altitud máxima de 122 metros.
  • Que el piloto no los pierda de vista o que se aleje a más de 457 metros de distancia horizontal de él.
  • Según su peso, no exceder los siguientes límites de velocidad:
  • Podrán volar sobre personas, siempre y cuando se mantengan a una altura de al menos 46 metros.
  • Es necesario contar con una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil en caso de ocurrir algún daño.

Si quieres consultar la regulación completa, puedes consultarla en www.sct.gob.mx.

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